En muchas ocasiones, los seres queridos desean que el lugar para llevar a cabo el oficio fúnebre y posterior enterramiento o incineración, se lleve a cabo en un lugar distinto al del fallecimiento.
En este caso, será necesario iniciar una serie de trámites cuya finalidad será el traslado del cuerpo del fallecido a su lugar de destino.
Debido a que se trata de un momento muy doloroso para la familia y seres queridos, se procura que dichos trámites se realicen de la forma más ágil y el plazo entre la petición y la llegada efectiva a destino lo más corto posible.
Por eso, en nuestra funeraria de Valencia le ayudamos a realizar traslados y repatriaciones. Nosotros nos encargamos de todo para que la familia no tenga que preocuparse en estos momentos complicados.
Traslado
Se llama traslado cuando el cuerpo se ha de transportar dentro del territorio nacional entre distintas poblaciones.
Para hacerlo lo más cómodo posible para la familia, nuestra empresa de servicios funerarios incluye el mismo dentro de su carta de servicios, de tal forma que nos encargamos de realizarlo rápidamente en coches perfectamente acondicionados para esta función.
Es importante recordar que el traslado de un cadáver, por ley, debe ser realizado por una funeraria.
Referente a este nos podemos encontrar distintas situaciones, y según se de una u otro los trámites burocráticos pueden variar:
- Hacer el traslado dentro de la misma Comunidad Autónoma
En este caso se requerirá que hayan transcurrido al menos 24 horas desde el fallecimiento y el Certificado de Defunción, para proceder con el traslado al lugar de destino.
- Traslado entre diferentes Comunidades Autónomas
En esta situación el Certificado de Defunción deberá solicitarse por partida doble, uno para el Registro y otro para Sanidad.
Es posible que alguna Comunidad Autónoma además exija algún requisito adicional que deberá cumplirse para la autorización.
En el caso de las empresas de servicios funerarios con experiencia, como Funeraria Vicente Picó, estamos habituados a este tipo de trámites y sabemos cómo actuar en cada caso para proceder con un traslado rápido.
La otra situación en la que pueden encontrarse los seres queridos del fallecido es que tengan la necesidad de trasladar su cuerpo desde España hacia otro país distinto. En estos casos hablaríamos de repatriaciones.
Repatriación
Realizar la repatriación requiere de unos trámites algo más complejos pero que si son conocidos, pueden agilizarse.
En nuestra funeraria de Valencia estamos habituados a realizar repatriaciones desde España hacia todos los continentes.
Esto es posible gracias a los acuerdos que tenemos suscritos con diferentes consulados.
Nos hacemos cargo de todas las gestiones y trámites que son necesarios durante el proceso, que procuramos que sea lo más rápido posible, de tal forma que, de media, el plazo entre el fallecimiento y la repatriación es de 2 o 3 días hábiles.
Durante el mismo, nos encargamos de la custodia del fallecido hasta que se realiza el embarque en el avión.
Para mayor tranquilidad de sus seres queridos, les mantenemos informados en todo momento de todos los trámites que estamos realizando y la fase en la que estamos en cada momento.
Trámites para la repatriación
El proceso de repatriación se inicia a petición de los familiares, el consulado correspondiente o bien la compañía de seguros.
La repatriación debe solicitarse a través de una funeraria que desarrolle su actividad en la población donde se ha producido el fallecimiento. Además de los servicios de la funeraria, será necesario contar con los servicios de una gestoría especializada en este tipo de trámites, que es contactada por la propia funeraria.
El objetivo es que los familiares tengan que hacer los menores trámites posibles en estos momentos tan complicados, dejando a cargo los mismos a una funeraria de confianza, especializada en llevarlos a cabo.
La repatriación incluye el traslado del cuerpo del fallecido por un medio de transporte desde su origen al destino final. Habitualmente al realizarse a otro país se trata de un traslado que se lleva a cabo por avión, aunque si se ha de realizar a algún país cercano a España es posible que este se lleve a cabo por un coche fúnebre preparado para dicha tarea.
Documentación para solicitar la repatriación
Por ley, deben aportarse una serie de datos y documentación que son imprescindibles para llevar a cabo todo el proceso. En algunos casos se trata de documentación que deberá ser aportada por la propia familia, y, en otros, que ya obrará en poder de la funeraria, por esta:
- Solicitud de la familia
- Pasaporte del fallecido
- Certificados médicos de defunción: en total 5 copias
- Certificados literales de defunción: en total 5 copias
- Licencia de inhumación
- Acta de embalsamamiento
- Carta del consulado
- Documentación de Sanidad
Asimismo, la funeraria deberá ser informada sobre una serie de cuestiones como, por ejemplo, el aeropuerto de destino, así como la empresa funeraria que se hará cargo del cuerpo del fallecido una vez llegue a su destino.
Si el fallecido contase con un seguro específico es muy posible que todos los gastos del proceso de repatriación. En caso contrario será la familia quién deba cubrir el precio de la repatriación, aunque en algunos casos concretos, por ejemplo, si no tienen recursos, es posible que el Consultado se haga cargo de parte o el total de los mismos.
Otra opción es que se lleve a cabo la cremación del cuerpo previamente a su traslado a destino. En este caso la funeraria deberá aportar una serie de documentación para que pueda realizarse sin problemas, aunque los trámites son más sencillos.
En momentos tan duros como la pérdida de un ser querido, cualquier ayuda es poca.
Por eso, Funeraria Vicente Picó, su funeraria de Valencia, le ayuda a que, en estos momentos, tengan que preocuparse lo mínimo posible por realizar todos los trámites, ofreciéndoles todas las garantías y tranquilidad que solo una empresa con experiencia puede ofrecerles.