Cuando se produce el fallecimiento de un ser querido, al dolor inherente a la pérdida se le suma el hecho de que será necesario llevar a cabo una serie de trámites y, además, deberá organizarse una ceremonia para dar el último adiós.
En estos momentos tan complicados, es importante que las personas cuenten con el tiempo que precisan para hacer todas estas gestiones y, sobre todo, para poder estar presentes durante todo el proceso del velatorio y de la ceremonia de enterramiento.
Aunque desde nuestra funeraria de Valencia dedicamos todos nuestros recursos para que familiares y seres queridos puedan tener todo organizado causándoles las mínimas molestias posibles, es preciso que cuenten con este tiempo en el que además podrán estar acompañados por sus seres más cercanos para sobrellevar esta pérdida.
Por todo ello, nuestro ordenamiento jurídico, en cuanto a los derechos de los trabajadores, contempla la posibilidad de que los familiares puedan ausentarse de su puesto de trabajo durante el tiempo que se entiende necesario.
¿En qué situaciones se tienen derecho a un permiso por fallecimiento?
Desde el punto de vista de la legislación laboral, los familiares más cercanos y el viudo/a o pareja deben gozar de un periodo de luto en el que se les exima de cumplir sus obligaciones laborales.
Esto tiene toda la lógica, puesto que se trata de una situación en la que se debe respetar la situación de ánimo de la persona y su estado de luto. Por ello, se le otorga un tiempo determinado.
Debemos acudir al Estatuto de los Trabajadores para saber quiénes tienen derecho a este permiso de carácter retribuido. En concreto, el articulado establece que tendrán derecho a este permiso los parientes de hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad.
¿Quiénes se encuadran en estos casos?
Tendrán derecho, por tanto: los padres, hijos, abuelos, cónyuge, hermanos, nietos, suegros y cuñados.
¿De cuántos días es el permiso por fallecimiento?
El permiso por fallecimiento será de dos días naturales. En el caso de que sea necesario el desplazamiento a otra localidad este permiso podrá ampliarse a cuatro días.
Hay que señalar eso sí, que es posible que el Convenio Colectivo que afecta a tu empresa mejore este tiempo mínimo, por lo que te recomendamos consultarlo.
Hay que tener en cuenta que este permiso empieza a contar desde la misma jornada en la que se produjo el fallecimiento.
¿Cómo solicitar el permiso laboral por fallecimiento?
Para poder utilizar este permiso es necesario informar a la empresa debidamente. Por tanto, una vez que hayas sido informado del fallecimiento de tu ser querido deberás informar a tu empresa de este hecho, preferentemente por escrito. A través de él no solo comunicarás este hecho si no que además informarás de los días que estarás ausente (comienzo y fin). Recuerda que, si debes desplazarte a otra localidad, tendrás derecho a cuatro días de permiso.
Además, es importante que seas consciente de que se trata de un permiso que la ley te concede, es decir, que tienes derecho a solicitarlo y que la empresa no puede negarse a concedértelo.
Deberás tener en cuenta que es posible que tu empresa te solicite un justificante. Estos casos ya están previstos por nuestra funeraria de Valencia por lo que te entregaremos toda la documentación justificativa que necesites para presentar a tu empresa.
La despedida de un ser querido es un momento muy delicado, y sabemos que es muy importante que, para superarlo lo mejor posible es muy importante disponer del tiempo necesario para procesar el duelo y para, además, sentirse arropado por tu círculo cercano de familiares y amigos.
Por eso, poder ausentarte del trabajo te permitirá sobrellevar mejor este duro trance y pasar por el proceso de luto de la mejor forma posible.
El permiso laboral por fallecimiento es una ayuda de la que disponemos para poder afrontar este momento en mejores condiciones por lo que te animamos a que lo solicites.
En Funeraria Vicente Picó te ayudaremos en todo lo que podamos con respecto a este y otros asuntos. No dudes en contactarnos para más información.